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En el INTA no hay despidos, pero salió el reglamento de un nuevo retiro voluntario y los trabajadores tendrán tiempo hasta el 31 de mayo para decidir si quieren irse

Mientras en el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) vive horas de zozobra ante la amenaza del gobierno de despedir a 700 trabajadores, algo a lo que el propio presidente del organism...

En el INTA no hay despidos, pero salió el reglamento de un nuevo retiro voluntario y los trabajadores tendrán tiempo hasta el 31 de mayo para decidir si quieren irse

Mientras en el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) vive horas de zozobra ante la amenaza del gobierno de despedir a 700 trabajadores, algo a lo que el propio presidente del organism...

Mientras en el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) vive horas de zozobra ante la amenaza del gobierno de despedir a 700 trabajadores, algo a lo que el propio presidente del organismo, Miguel Romero, se ha negado a hacer, en el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) se ha logrado un marco mucho más razonable, al emitirse en las últimas horas las reglas para un nuevo retiro voluntario para los empleados de ese organismo. Habrá tiempo hasta el 31 de mayo para decidirse.

No es en este caso del INTA -donde el gobierno de Javier Milei busca una reducción de 1.500 puestos de trabajo- una cuestión de humanidad o sensatez de parte del presidente Nicolás Bronzovich, un productor surgido de Aapresid que ya ha dado muestras más que suficientes de estar por completo alineado con la motosierra, sino la resistencia que han mostrado universidades y entidades rurales integradas al Consejo Directivo Nacional de esa institución, y que es la máxima instancia de gobernanza. En el INTA, desde que el Congreso Nacional puso freno a la intervención dictada por el Poder Ejecutivo a mitad del año pasado, los funcionarios libertarios tienen que acordar con estos actores, en un sano ejercicio de convivencia.

En este contexto, la receta aceptada para reducir una planta de personal que se considera inflada para las posibilidades de un Estado que busca el equilibrio fiscal fue la de poner en marcha un retiro voluntario para el personal, que sería el segundo en esta etapa histórica, ya que en la primera experiencia se logro apenas -a fines de 2024- que aceptaran buscar otros horizontes unos 300 trabajadores.

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En este nuevo operativo, después de un año y medio de amenazas de despidos y ahogo financiero, podrían ser muchos más los técnicos e investigadores del INTA que acepten el retiro y traten de seguir sus días en el sector privado. La planta actual del organismo ronda las 5.800 personas y el gobierno considera que debe llevarse a 4.500, recargando las tintas sobre todo en el cierre de Agencias de Extensión, el histórico brazo del INTA que se ocupa de ser polea de transmisión de los conocimientos generados hacia los productores.

Esa es la apuesta oficial acordada con el Consejo Directivo. Por eso las condiciones impuestas en este nuevo retiro voluntario lucen más tentadoras que en otras oportunidades, según consta en el reglamento que firmó ayer Sebastián Ibarra, el coordinador nacional de personal del INTA, a todas las unidades, y al cual accedió Bichos de Campo.

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¿Qué propone ese reglamento a los trabajadores del INTA?

En principio que podrán acogerse al retiro “en forma voluntaria los agentes de planta permanente del INTA que, al 30 de abril de 2026, registraren en dicha condición de revista una antigüedad mínima de tres años y no se encontraren comprendidos dentro de las exclusiones establecidas en el artículo 2°” del mismo reglamento. Esto implica, para empezar, que los militantes libertarios que ingresaron con este gobierno no podrán hacer uso de ese mecanismo. Un pequeño consuelo.

Las excepciones citadas previamente y que impiden acogerse a ciertos empleados serán:

Haber cumplido la edad de 65 años antes del 30 de abril de 2026. Revestir la condición de procesado o imputado citado a prestar declaración. Haber sido convocado a prestar declaración en calidad de imputado o sumariado en un procedimiento disciplinario por la comisión de faltas graves. Estar sujeto a un procedimiento administrativo o judicial de determinación de responsabilidad patrimonial, o haber sido condenado por tal circunstancia. Que haya iniciado los trámites jubilatorios, retiro u otra prestación equivalente cualquiera fuera su origen. Que hubiere presentado su renuncia con anterioridad.

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El reglamento deja claro que “la adhesión al presente régimen no genera derecho a su otorgamiento, quedando sujeta a la evaluación y aprobación por parte del INTA”, que intentará tener un reaseguro para que no se le vayan sus mejores elementos.

Para quienes atraviesen ese filtro, se promete una “Gratificación extraordinaria de egreso”. Este fue uno de los puntos conflictivos que demoraron la puesta en vigencia de este retiro, ya que el Ministerio de Economía había garantizado fondos suficientes para pagar estas indemnizaciones para la plantilla que estaba en relación de dependencia con el organismo, pero no estaba claro quién se harían cargo de los fondos para los trabajadores que estuvieron un tiempo prestando servicios bajo otras modalidades.

¿Cómo se calculará ese pago? No hay sorpresas respecto de lo que se sabía hasta aquí.

“La gratificación será determinada a razón de 1,5) veces la remuneración bruta mensual, normal, habitual y permanente, por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, computada al 30 de abril de 2026, considerando los servicios prestados en el desempeño de relaciones de empleo público en carácter de agente de planta permanente en la Administración Pública Nacional en las categorías de revista previstas en la Ley N° 25.164 y el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública
Nacional o en los regímenes legales y convencionales precedentes, tomándose a tales efectos el registro obrante en su legajo personal”.

Este mecanismo se aplicará a los trabajadores que acepten retirarse y tengan hasta 60 años. Para los mayores de esa edad “la gratificación quedará determinada por la aplicación del tope del equivalente a 24 haberes brutos”. Es decir que se pone un tope. Para quienes tienen 64 o más, en tanto, el tope será de solo 12 meses, pues el gobierno entiende que están muy cerca de la jubilación.

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“El tiempo de desempeño como becario no será computable a los efectos de la determinación de la gratificación prevista en el artículo anterior. Tampoco resultará computable el tiempo de servicio en las categorías comprendidas en la Ley N° 25.164 y el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional que hubiera sido previamente indemnizado por un retiro voluntario anterior u otra desvinculación que hubiera dado lugar al pago de una indemnización o compensación económica por extinción del vínculo”, se aclara.

El INTA, a través de este reglamento, se comprometió a pagar esa indemnización “en un solo pago, dentro de los 30 días de la fecha de cese, de conformidad con la normativa fiscal y previsional vigente”.

“La aprobación del retiro voluntario por parte del INTA producirá el cese de la relación de empleo público de los agentes comprendidos”,  se enfatiza. Y se agrega: “La adhesión al presente régimen implicará la aceptación de la extinción de la relación de empleo en los términos precedentes. Hasta la fecha de cese, el agente deberá continuar prestando servicios en forma regular”. Luego de eso, el trabajador que haya adherido tendrá prohibido su reingreso al organismo tecnológico y a todo el sector público, a excepción de las universidades nacionales.

¿Cómo será el nuevo retiro voluntario que acaba de aprobar el INTA para seguir achicando su estructura de trabajadores?

Como beneficio adicional para atraer candidatos, las autoridades plantean que “los hijos en edad preescolar del personal que accediera al retiro voluntario que estuvieran concurriendo a los servicios de guardería y jardín maternal provistos por el INTA (por ejemplo el área de Recreación y Cuidado Infantil – ACRI) mantendrán el derecho de accesibilidad a dichos establecimientos hasta la finalización del ciclo
lectivo del corriente año”.

Con todas las cartas en la mesa, el INTA determinó que la fecha clave para adherir a este nuevo retiro expirará el 31 de mayo de 2026 a las 24 horas. “Operado el término del plazo de presentación o su eventual prórroga, la Gerencia de Gestión Estratégica de Personal deberá presentar el análisis de las solicitudes y documentación presentada por los interesados, elaborando un informe técnico sobre las condiciones de admisibilidad y procedencia en cada caso, dando cuenta del tiempo de servicio computable a los efectos de la determinación de la gratificación para los agentes cuyas solicitudes resultaren admisibles”, se explica.

Fuente: https://bichosdecampo.com/en-el-inta-no-hay-despidos-pero-salio-el-reglamento-de-un-nuevo-retiro-voluntario-y-los-trabajadores-tendran-tiempo-hasta-el-31-de-mayo-para-decidir-si-quieren-irse/

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