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Senasa amplía los alcances del plan nacional contra la brucelosis: Los establecimientos sin casos positivos podrán vacunar en forma preventiva si tienen un foco cercano

A través de la resolución 936/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Ser...

Senasa amplía los alcances del plan nacional contra la brucelosis: Los establecimientos sin casos positivos podrán vacunar en forma preventiva si tienen un foco cercano

A través de la resolución 936/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Ser...

A través de la resolución 936/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dispuso la modificación del Plan Nacional de Brucelosis, que desde ahora ampliará los alcances de la vacunación contra esta enfermedad bovina.

De acuerdo con lo fijado en una resolución previa, la 957/2024, la aplicación de vacunas elaboradas con Cepas RB51 y DELTAPGM, en el marco de la “vacunación estratégica voluntaria”, estaba limitado solo a aquellos establecimientos registrados como “caso” positivo de Brucelosis Bovina.

Esto motivó al organismo sanitario a ampliar los alcances del plan, de forma tal de abarcar a los campos linderos a aquellos con casos positivos y expandir la vacunación preventiva.

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De esta forma, la medida publicada hoy sustituye el artículo 3° de aquella fechada en 2024, que quedará redactado de la siguiente manera: “Podrán adherir o adoptar la vacunación estratégica establecida en el presente acto administrativo aquellos establecimientos con algún estatus determinado, debidamente registrado ante el Senasa, de acuerdo con la normativa vigente”.

En su “inciso a” aclara que “los establecimientos registrados como “caso” deben haber comenzado su plan de saneamiento y deben contar con un diagnóstico de la totalidad de las categorías susceptibles, no mayor a seis meses de antigüedad, previo a la aplicación de la vacuna”.

Luego añade en el “b” que aquellos “establecimientos sin estatus solo podrán adherirse luego de haber determinado su estatus y haberlo registrado debidamente ante el Senasa, de acuerdo con la normativa vigente, previo a la aplicación de la vacuna”.

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A continuación se indicó que será el SIGSA el encargado de validar la “Solicitud de Uso”, verificando si el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) “se encuentra registrado con algún estatus determinado (caso, negativo, libre) y cuenta con registros de las actas de vacunación con Cepa 19”.

Lo dispuesto por el organismo entrará en vigencia 60 días después de publicada la medida.

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Fuente: https://bichosdecampo.com/senasa-amplia-los-alcances-del-plan-nacional-contra-la-brucelosis-los-establecimientos-sin-casos-positivos-podran-vacunar-en-forma-preventiva-si-tienen-un-foco-cercano/

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