El gobierno dio de baja de manera definitiva una norma discriminatoria para el agro que había sido implementada por Alberto Fernández
Las autoridades del Banco Central (BCRA) dieron de baja de manera definitiva una norma discriminatoria para el agro argentino que había sido parcialmente mitigada casi un año y medio atrás. ...
Las autoridades del Banco Central (BCRA) dieron de baja de manera definitiva una norma discriminatoria para el agro argentino que había sido parcialmente mitigada casi un año y medio atrás.
En noviembre de 2024, por medio de la comunicación A 8121, el BCRA dispuso excluir a las financiaciones en moneda extranjera de los alcances de las disposiciones del punto 11.5. del texto ordenado sobre “Capitales Mínimos de las Entidades Financieras”.
El apartado 11.5 de ese documento oficial indica que para determinar la exigencia de capital mínimo por riesgo de crédito, el importe resultante por aplicar deberá ser multiplicado por un factor igual a 4 en caso “de tratarse de financiaciones a clientes con actividad agrícola que no sean Mipyme y mantengan un acopio de su producción por un valor superior al 5% de su capacidad de cosecha anual”.
Eso implicó que las empresas agrícolas no categorizadas como pequeñas y medianas pudieron comenzar a ser financiadas en dólares por entidades bancarias sin necesidad de establecer un encaje desproporcionado, lo que limitaba la capacidad prestable a ese segmento clave de la economía argentina.
Este viernes, por medio de la comunicación A 8418 del BCRA, directamente se procedió a eliminar esa penalización, que había sido implementada en 2020 por el gobierno de Alberto Fernández y que, si bien había sido flexibilizada parcialmente en 2024, seguía vigente.
La decisión de establecer una penalización crediticia en función de la estrategia comercial diseñada para un sector específico representa una medida discriminatoria insólita que además requería una exigencia administrativa enorme por parte del sector bancario.
A8418